file:///C:/Users/OBR-001945/Desktop/43.pdf A continuación, se puede evidenciar la clasificación de las prestaciones. Numeral 3
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Siguiendo con el tema del despido de personas con enfermedades, me encuentro con esta jurisprudencia sobre el tema ( ver el link) ACCIÓN DE TUTELA DE AYUDANTE DE CONSTRUCCIÓN CONTRA ARP- No reconocimiento de pensión de invalidez por retiro por empleador y desafiliación un día antes de sufrir accidente de trabajo y pérdida de capacidad laboral del 68.10% http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2012/T-721-12.htm
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JORNADA LABORAL jornada ordinaria: es la jornada laboral que el empleador establece en el contrato con el empleado, el horario de labor que sigue a cabalidad los limites de la máxima de horario legal vigente trabajo suplementario: es el tiempo que por motivo extraordinario de la empresa el empleado sobrepasa el horario establecido en el contrato estas son conocidas como horas extras y deberán ser reconocidas económicamente. jornada nocturna. es el horario de 10 a 6 de la mañana establecido por diferentes empresas donde es el horario establecido para desempeñar las labores pero también es conocido como horario ordinario por que aunque es nocturno no sobrepasa el horario máximo legal. en la gran mayoría de las empresas establec...
Indemnizaciones, guía rápida de como calcularla (A lo colombiano)
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Muchas veces hemos conocido de amigos, familiares, vecinos o en la esquina del barrio que alguien ha sido despedido y que con alegría está esperando que le llegue una platica que le debe cancelar la empresa y que con esa espera hacer su nueva vida. Los juiciosos la invierten y pagan deudas, los más desordenados hacen parrandas y los demás que esperen. Ese dinero, que se espera con más ansias que papá Noel en navidad, se denomina indemnización y es una compensación monetaria que se le entrega a una persona como consecuencia de un daño que se haya recibido (en este caso despido sin justa causa). En Colombia, el código sustantivo del trabajo inició con la legislación de esta indemnización por terminación de contrato sin justa causa y luego otras leyes como la 789 DE 2002 aclararon más dudas al respecto, aun así, sigue siendo un tema enredado en el que muchos empleadores se aprovechan del exempleado para quitarle un par de ceros a su indemnización, esa platica que usted desea invertir...
¿considera usted que el despido injustificado representa por sí mimo la generación de un perjuicio moral?
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