jornada laboral

jornada laboral
el empleador plantea el horario laboral siguiendo unas leyes y unas normas donde no exceda limites, la jornada ordinaria de trabajo es de 8 horas máximo o de 6 horas mínimas continuas para devengar un salario del mínimo establecido o el salario que establezca el empleador y que quede claro que si por algún caso se trabajo horas adicionales serán contadas como horas extras.
día de descanso: pueden repartirse las 48 horas semanales en horarios flexibles y ampliando la jornada ordinaria hasta de dos horas y un día de descanso obligatorio donde el trabajador pueda descansar del trabajo y reinventarse para comenzar de nuevo la labor a desempeñar
trabajo por turnos: cuando la naturaleza de la labor desempeñada no amerite horarios continuos y se lleve acabo por turnos puede ampliarse en mas de 8 horas esta ampliación no cuenta como trabajo suplementario o de horas extras.
remuneración del trabajo nocturno y suplementario: el trabajo nocturno por el hecho de ser nocturno se remunera con un recargo del 35% sobre el valor del trabajo diurno en Colombia la noche comienza a las 10 de la noche en materia laboral.
ya que el trabajo diurno se remunera con un 25% sobre el valor de trabajo ordinario
el trabajo de domingos y festivos se remunera con el 75%.
tema apoyado por el libro derecho laboral individual del escritor Jairo Alonso Lopez Cárdenas
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